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Pastoral Universitaria

 
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PASTORAL DE PROFESIONALES

 

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Imagen del Cardenal Joseph Ratzinger cuando ejercía como Prefecto de la Congregación de la Doctrina y la fe.

Verdadero científico de las ciencias sagradas, investigador y estudioso de las disciplinas Teológicas y filosóficas, profesor constante en diversas universidades y doctor honoris causa en algunas de las universidades del mundo, como España, Perú y Alemania.

ciencia

 

 

Esta página estará dirigida por el PRESBITERO DOCTOR: JOSÉ GILBERTO OSORIO.

El quehacer del profesional creyente en el medio de la ciencia y la técnica, inculturando el evangelio.

Muy pronto sus temas y sus vidas presentes en esta página, ESPÉRENOS.

 

Para entender los artículos que expondremos en esta página es bueno ir haciendo una colección de los términos científicos que usaremos, puesto que nos ayudaran a comprender mejor el contenido del artículo.

Procuraremos ir trayendo a esta página todo el pensamiento de la Iglesia alrededor de los temas de impacto en la BIOETICA, y sobretodo a lo que se refiere a la vida humana y la fé del creyente: estos temas pueden dar a una sana discusión que estaremos abiertos en contáctenos (dentro del menú de esta página) ,a recibirla y responderla de inmediato.

 

TERMINOS USADOS EN BIOETICA

CONOZCAMOS:

 

ADN

BIOETICA: Etimológicamente, Etica de la Biología y de la vida. Según la "Encyclopedia of Boethics", : el estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de la ciencia de la vida y del cuidado de la salud, en cuanto esta conducta es examinada a la luz de los valores humanos y de los principios.

Según otras fuentes; Aquella parte de la filosofía moral que considera la licitud o ilicitud de las intervenciones sobre la vida del hombre y, de modo particular de las intervenciones relacionadas con la práctica y el desarrollo de las ciencias médicas y biológicas.

 

BIOLOGIA MOLECULAR: Rama de la Biología moderna que estudia las propiedades fisico-químicas de los compuestos orgánicos de los organismos vivos. Actualmente su objeto principal de estudio es todo lo que se relaciona con la genética molecular.

BLASTOCITO O BLASTULA: Embrión de 5 a 10 días de desarrollo. A partir del séptimo días "Post fecundationem" está listo para instalarse en el útero materno, si todo marcha con normalidad y no es violentamente interrumpido su proceso de desarrollo mediantre prácticas abortivas o paraabortivas.

CICGOTO: Es la primera célula del nuevo individuo que resulta del encuentro íntimo entre óvulo y espermatozoide. Esta denominación se mantiene durante 40 horas a apartir del momento de la fecundación.

CLONACION: Procedimiento para obtener un conjunto de descendientes genéticamente idénticos al organismo del que proceden. . Por ejemplo, introduciendo en un óvulo desnucleado el núcleo de una célula somática con el fin de obtener una célula capaz de desarrollo embrional portadora de un patrimonio genético idéntico al del donante del núcleo.

CLON - CLONES :En plural producción de descendientes hereditariamente idénticos procedentes de un mismo individuo animal o vegetal mediante reproducción no sexual.

 

ELEMENTOS PARA UNA SANA REFLEXION SOBRE TEMAS CANDENTES

La Iglesia católica creó la "Academa Pontificia Pro Vita, academia creada en al año de 1994 por Juan Pablo II y que viene históricamente evolucionando del "Linceorum Academia", fundado en 1603 y llegó a llamarse Para las ciencias sociales de la cual va a salair el pro Vita.

Científicos de muchas nacionalidades y de diversas disciplinas científicas , elegidos por su competencia científica en las diversas disciplinas sociales, biomédicas y aquellas que están estrechamente relacionadas con problemas concernientes a la promoción y defensa de la vida.

Biólogos, médicos, filósofos y juristas, han trabajado en estricta colaboración para analizar una cuestión compleja y decisiva, de particular actualidad por la posibilidad de manipulación del embrión humano a raíz de las técnicas de procreación artificial y de la investigación en las primers fases del desarrollo de la vida individual.

Desde el punto de vista Biológico, la formación y el desarrollo del ser humano aparece como un proceso continuo , coordinado y gradual desde la fertilización, con la cual constituye un nuevo organismo humano dotado de capacidad intrínseca de desarrollarse autónomamente en un individuo adulto. Los aportes mas recientes de las ciencias biomédicas proporcionan una evidencia adicional decisiva y comprobable experimentalmente en favor de la tesis de LA INDIVIUDALIDAD Y CONTINUIDAD DEL DESARROLLO EMBRIONARIO. resulta incorrecta la interpretación del dto biológico cuando se habla de "pre-embrión".

El Juicio que es un acto de la mente humana, sobre la naturaleza personal del embrión humano surge necesariamente de la evidencia del dato biológico, el cual implica el reconocimiento de la presencia de un ser humano con una capacidad activa e intrínseca de desarrollo, y no de una mera posibilidad de vida.

La actitud ética de respeto y cuidado de la vida y de la integridad del embrión, exigida por la presencia de un ser humano, que debe ser considerado como una persona, se apoya en una concepción unitaria del hombre, (corpore et anima unus), que ha de ser reconocida desde el primer instante del organismo corpóreo: su dignidad personal.

Desde el punto de vista jurídico, el núcleo del debate sobre la tutela del embrión humano no concierne a la identificación de "umbrales de humanidad" mas o menos tardíos en relación ala fecundación, sino que tiene que ver con el reconocimiento de los derechos fundamentales, en virtud del hecho de ser hombre, y exige, sobre todo, en nombre del principio de igualdad, el derecho a la vida y a la integridad física desde el primer momento de su existencia.

 

 

Como podemos ver, es a la mujer a la primera persona que podemos llamar para que acoja estos principios en defensa de la vida y dignidad del embrión humano y que nutra en su ser, con amor y dedicación solícita, a quien ya es un ser humano, un hombre o mujer. El papel insustituible de guardián de la vida humana, confiada a la maternidad de la mujer, tiene que encontrar en la sociedad civil una estima y una asistencia concreta.

Conferencia Episcopal de Colombia

POSICIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA

EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY NO: 043 DE 2002

"por el cual se reconocen las uniones de parejas del mismo sexo, sus efectos patrimoniales y otros derechos"

 

 

BREVE RESUMEN DEL DOCUMENTO:

La debilidad jurídica de esta iniciativa es muy grande, pero mas considerable aún su valor simbólico, porque favorece el deseo de algunos grupos minoritarios de difundir la idea de que las parejas homosexuales tienen derecho a ser reconocidas legalmente con un estatuto jurídico semejante al de un verdadero matrimonio.

1- La Iglesia católica lamenta que las personas homosexuales sean todavía objeto de expresiones malévolas y, mucho mas, de acciones violentas en razón de su tendencia.

2-Pero no podemos pedir a la sociedad que reconozca la condición o el comportamiento homosexual como una modalidad natural del ser humano comparable, por ejemplo, a las diferencias naturales de raza o sexo.

3-A juicio de la Iglesia , lo que realmente se debe reclamar, es el respeto a la dignidad de las personas homosexuales y la no vulneración de los derechos fundamentales que poseen por el hecho de ser personas. Estos derechos son, en efecto, suyos en cuanto a personas, no en virtud de su orientación o su opción de vida.

4-El punto central de la discusión NO ES la discriminación o no discriminación de las personas homosexuales - La constitución de Colombia y las leyes vigentes reconocen a los homosexuales la totalidad de los derechos de que disfrutan todos los demás ciudadanos por igual, a saber: convivir en parejas; derecho a explotar el patrimonio de manera conjunta; disponer libremente de sus bienes, mediante la formalidad de testamento, asignándolos a quien deseen, con la única limitación, que tienen todas las personas del territorio colombiano, de respetar los derechos de los herederos legítimos o legitimarios.

5-Queda claro , pues , que no es el reconocimiento de derechos lo que busca el proyecto de ley en cuestión, sino el crear para los homosexuales unas ventajas y privilegios especiales, que violan la igualdad garantizada por la Constitución a todas las personas, independientemente de su sexo, raza, credo, condición u opción de vida (art.2C.N)

6-El problema de este proyecto ley es EQUIPARAR LA UNION DE LA PAREJA HOMOSEXUAL AL MATRIMONIO. Es una perversión del lenguaje, puesto que se está disfrazando la verdadera intención. El bien común exige que las leyes reconozcan, favorezcan, y protejan la unión matrimonial, esencialmente heterosexual, como la base ineludible de la familia (art.42 C.N.)

Las leyes no tienen porque sancionar "lo que se hace", convirtiendo el hecho en derecho. Es verdad que las normas civiles no siempre podrán recoger integramente la ley moral, pues "la ley civil a veces deberá tolerar, en aras del orden público, lo que no puede prohibir sin ocasionar daños mas graves". Pero esa tolerancia no podrá extenderse a los comportamientos que atentan contra los derechos fundamentales de las personas, entre los cuales se cuentan "los derechos de las familias, de los menores y del matrimonio como institución" (arts.5,15,42,44 C.N.;arts: 113,115 C.C.; art 1L.54/1990).

7-Caer en cuenta que la Educación y la adopción de los hijos debe respetar lo que la constitución mantiene como familia y matrimonio, puesto que al aprobar las uniones homosexuales se pretende indirectamente apoyar la adopción de hijos y en la educación entrar la formación e información sobre la variante sexual (homo), que sería una aberrante propagación.

 

 

 

 


 
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